Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado MANUEL ALFREDO RINCON SUAREZ, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto de fecha 15 de diciembre de 2005, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha 15 de diciembre de 2005, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en la parte motiva de este fallo.
TERCERO: Se ordena al Tribunal A quo, diferir el pronunciamiento de .....