VIII
DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se anula el fallo recurrido dictado en fecha 25 de julio de 2011, publicado en extenso en fecha 10 de agosto de 2011, por el Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró parcialmente con lugar la pretensión de indemnización contenida en la demanda de They Señor Lapto, C.A., contra la sociedad de comercio Mapfre La Seguridad, C.A. de Seguros; ordenó la elaboración de una experticia complementaria del fallo conforme lo previsto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 1.105 del Código de Comercio; y ordenó que se oficie al SENIAT a los fines legales de determinar si la socied.....