DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la apelación interpuesta en fecha 19 de noviembre de 2010, por el abogado LEANDRO CARDENAS, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano VICENTE LEONEL RÍOS CASTILLO, y la sociedad mercantil CONSORCIO RÍOS CASTILLO, C.A., plenamente identificados en autos, contra el auto dictado en fecha 17 de noviembre de 2010 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictado en fecha 07 de diciembre de 2010 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana d.....