DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243, 254 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 4 de junio de 2014 y ratificado en fecha 7 de enero de 2015, por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 9 de abril de 2014 por el Juzgado Sexto de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual declaró la perención breve de la instancia en la demanda que por Cobro de Bolívares incoara la sociedad mercantil TESCO CORPORATIO.....