Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 09 de abril de 2013 por la abogada Miriam Orellana, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 69.425, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 02 de abril de 2013 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por Resolución de Contrato de Venta de Acciones e Indemnización por Daños y Perjuicios incoara la Fundación FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE contra el ciudadano CESAR AUGUSTO BOLÍVAR.....