este Juzgado en virtud de habérsele conferido la resolución del recurso, ordena al Tribunal de la causa pronunciarse con carácter de urgencia, sobre la admisión de la apelación ejercida por la FUNDACIÒN PARA LA COOPERACIÒN DEL DESARROLLO INTEGRAL DE SOCIEDADES ESPECIALES (FUNDACODICE), contra el auto de fecha 26 de mayo de 2010, de conformidad con lo establecido en el articulo 295 del Código de Procedimiento Civil.
Asimismo, a los fines de proceder a resolver la incidencia ejercida, esta alzada le concede un lapso de cinco (5) días, de despacho contados a partir del recibo del expediente, a objeto que se pronuncie y remita el expediente.