Este tribunal ordena practicar la notificación de las partes co-demandadas, ciudadano RAFAEL GARCIA LUJAN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.941.115 y/ o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados PATRICIA PAIRA DE LOPEZ y RITA LUGO SALAZAR, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 55.870 y 73.348, respectivamente, y a la sociedad mercantil GUARDABOSQUE 2001, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 21 de febrero de 2001, anotada bajo el Nº 82, Tomo 513 A-Qto, y/o en la persona de su apoderada judicial, abogada DAISY PELLICER, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 12.963, la cual se verificará mediante boleta remitida por correo certificado con aviso de recibo del Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (IPOSTEL).