este Tribunal acuerda lo solicitado. En consecuencia, ordena la notificación de las Sociedades Mercantiles AGROINDUSTRIAL MANDIOCA, C.A. Y AGROPECUARIA MANDIOCA, C.A., mediante cartel, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense el correspondiente Cartel.-