En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación intentada por el Abg. FRANCISCO GIL HERRERA, en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 97.215, en su condición de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil EXECOM, COMUNICACIONES C.A., en contra de la sentencia dictada en fecha 21 de Julio de 2011, por el Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia se confirma el fallo recurrido.
NOTIFÍQUESE PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los dieciséis (16.....