PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación anunciado y formalizado el 25 de mayo de 2007, por el abogado JOSÉ ÁNGEL REYES, en su carácter de apoderado judicial de la parte codemandada, ÁNGEL LUIÑA PÉREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.185.130, contra el auto emitido en fecha 25 de mayo de 2006, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró impertinente e improcedente además de inadmisible la solicitud de inspección judicial realizada por la parte codemandada.-
SEGUNDO: En consecuencia SE ORDENA al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 25 de mayo de 2007, admitir, sustanciar y providenciar la prueba de inspección judicial solicitada en los términos planteados en el escrito de promoción de pruebas de la demandada.
TERCERO: No hay especia.....