PRIMERO: Con lugar la Inhibición propuesta por el Dr, Luís Rodolfo Herrera González, de conformidad a lo establecido en la sentencia de fecha 7 de agosto de 2003 emitida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su condición de Juez Titular del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, surgida en el juicio que por Cobro de Bolívares Sigue Residencia Gicanlon contra los ciudadanos Jorge Luís Graterol Contreras y Ana Maria Palumbo Domínguez.-
SEGUNDO: Remítase copia certificada de la presente decisión al Juez Inhibido.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.