PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora Centro Simón Bolívar C.A., en contra de la sentencia de fecha 13 de septiembre de 1988, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda. En consecuencia se REVOCA el fallo apelado.
SEGUNDO: CON LUGAR, la acción de Daños y Perjuicios, intentada por el Centro Simón Bolívar C.A., contra los ciudadanos Diego Arria Salicetti, Ernesto Fuenmayor Nava, Teodoro Serafín Itriago y la sucesión de Héctor José Alcalá, en consecuencia se les condena solidariamente a pagar la cantidad de ciento setenta y seis mil trescientos veinte nueve Bolívares con 11 céntimos (Bs. 176.329.11).
TERCERO: CON LUGAR la acción de Daños y Perjuicios intentada contra los ciudadanos Mario Alonso Padilla y Eleazar Pinto, en consecuencia se ls condena solidariamente a pagar la cantidad de BsF. 15.498.96, que corresponden a BsF. 9.515,00 por concepto de capital y BsF. 5......