SIN LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial de la demandad, ciudadana Filomena Da Trina de Goncalves de Da Silva, contra la sentencia profería por el Juzgado Vigésimo Primero de Municipio Ordinario y ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 12 de agosto de 2016, en consecuencia se confirma el mencionado fallo