Por los planteamientos antes expuestos, este Tribunal Séptimo Superior en lo Civil, mercantil Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le otorga la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación propuesta por la parte demandada contra la decisión de fecha 6 de febrero de 2020, dictada por el Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SIN LUGAR la acción que por RESOLUCION DE CONTRATO, fue incoado por la Sociedad Mercantil LOMITO`S FRIGORÍFICOS J.D, C.A., contra el ciudadano EMISAEL ALEJANDRO SALAZAR LUNA, Todos plenamente identificados en el texto del presente fallo.
TERCERO: SE REVOCA el fallo apelado.
CUARTO: SE ORDENA no obstante que la presente decisión se dicta dentro del lapso procesal, la notificación de las partes, conforme las disposiciones de .....