Por todo lo anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara:
PRIMERO: Que evidentemente, se cometió un error material en los nombres de los solicitantes como Gabriela Mata Salas y Manuel Salvador Ramos Villoria, siendo lo correcto Gabriella Mata Salas y Manuel Jacinto Ramos Alfonso.-
SEGUNDO: De igual manera en la cedula de identidad del abogado Manuel Salvador Ramos Villoria, donde se colocó 12.626.406, siendo lo correcto 2.993.375.-
Aclarada la sentencia proferida por este Tribunal en fecha 10 de abril de 2007, recaída en el expediente signado con el N° 9532, contentivo de la solicitud de Exequatur, propuesto por los ciudadanos Gabriella Mata Salas y Manuel Jacinto Ramos Alfonso, en la cual se concede Fuerza Ejecutoria en el país, a la sentencia extranjera emanada por el Circuito Judicial 17 de Condado de Broward, Estado de Florida, Estados Unidos de Amér.....