En consecuencia, por cuanto se observa que, por error involuntario causado en la sentencia específicamente en el folio ciento ochenta y cinco (185), donde se colocó: "Publíquese, regístrese y notifíquese; siendo lo correcto: "Publíquese y Regístrese". A tal efecto, este Tribunal ordena subsanar dicho error, de la manera siguiente: "Publíquese, regístrese". Téngase el presente auto, como parte integrante de la sentencia dictada en fecha 27 de julio de 2012.
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,
Abg. Richars Domingo Mata
VGJ/RM/kl
Exp. N° 10306