Por cuanto el día de hoy no se recibieron expedientes para ser distribuidos, no se lleva a cabo el procedimiento de distribución. El Tribunal deja constancia que según acta N° 1770, la siguiente distribución relacionada con amparos constitucionales comenzará por el Juzgado Superior Primero, y las causas que ingresen que no sean amparos comenzará su distribución por el Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial