PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 16 de septiembre de 2015, por la abogada Rosario Rodríguez Morales, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra el fallo proferido por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 30 de junio de 2015, el cual queda confirmado en los términos expuestos en el presente fallo.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Bolívares interpuesta por la Sociedad Mercantil Condominios Chacao, C.A., contra el ciudadano Ernesto Lizardi, en consecuencia, se condena al demandado a pagar:
• La suma de dinero que resulte del ajuste de los recibos de condominio correspondientes a los meses de junio del año 2002, a diciembre del año 2005, es decir, con la exclusión de los "Gastos no Comunes" que aparecen reflejados en los recibos "N° 2321PHA082002 agosto de 2002, "...COMPULSA Y CITACIÓN PERS.....