Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 03 de octubre de 2012, por la abogada VANESSA HOYER, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 08 de Marzo de 2012.
SEGUNDO: Se modifica el fallo proferido por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha de fecha 08 de Marzo de 2012, en lo que a la Confesión ficta refiere, tal y como quedó expresado en la presente decisión.
TERCERO: Se declara CON LUGAR la presente demanda y se condena a la parte demandada a pagar debidamente indexada, la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIEN.....