Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 2 de agosto de 2007, por la abogada Anabella Aragort, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora.
SEGUNDO: SE REVOCA LA SENTENCIA DICTADA EN PRIMERA INSTANCIA el 10 de julio de 2007.
TERCERO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLIVARES interpuesta por la sociedad mercantil BANCO FEDERAL, C. A., contra la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES ASPIMAR, C.A., y en consecuencia, se condena a la demandada a pagarle a la actora las siguientes cantidades de dinero:
1. DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 250.000,00) que correspondieron a la suma de doscientos cincuenta millones de bolívares (Bs. 250.000.000,00) reclamada por concepto.....