DISPOSITIVO
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 22 de junio de 2015, por el abogado Juan Vegas, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto dictado por el Juzgado Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 14 de julio de 2015. En consecuencia, se CONFIRMA el auto apelado en todas y cada una de sus partes.
Se condena en costas al recurrente de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese Copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencias de este Tribunal.
Remítase en su oportunidad legal al Tribunal de origen.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y f.....