IV
DISPOSITIVO
En consecuencia y con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fechas 16 y 21 de octubre de 2013, por el abogado Eduardo Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.306, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, contra la sentencia de fecha 08 de octubre de 2013, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE CONFIRMA LA SENTENCIA dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 08 de octubre de 2013 en todas y cada una de sus partes.
TERCERO: SE CONDENA en costas a la par.....