DISPOSITIVO
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho ejercido por los abogados Gabriel Morales y Frank Mariano, contra el auto de fecha 21 de abril del presente año, dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE ORDENA oír en un solo efecto la apelación interpuesta en fecha 16 de abril del presente año contra la decisión del 13 de abril del presente año en consecuencia se ordena retrotraer la causa al estado de dictar auto que escuche la apelación.
Déjese Copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencias de este Tribunal, y remítase en su oportunidad legal al Tribunal de origen.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
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