III
DISPOSITIVO
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar la apelación interpuesta en fecha 19 de noviembre de 2012, por la abogada Milbia Moreno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.336, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el encabezado del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Se confirma la sentencia apelada en los términos expuesto en el presente fallo:
Déjese Copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencias de este Tribunal, y remítase e.....