IV
DISPOSITIVA
En base a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la demanda de desalojo interpuesta por el ciudadano JONATHAN GREGORI MEDEROS UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.634.850, contra el ciudadano SANTIAGO DE JESUS ARBOLEDA VARGAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 12.069.248.
SEGUNDO: Se ratifica en todas sus partes la sentencia dictada en fecha veintidós (22) de julio de dos mil diez (2010), por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida, todo ello de.....