Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, el Recurso de Hecho interpuesta por la representación judicial de la parte actora, en contra del auto complementario emitido en de treinta y uno (31) de mayo del presente año dos mil diez (2010), dictada por la Jueza Primera de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se ordena remitir por oficio con sus copias al Juzgado de Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, haciendo de su conocimiento de la presente decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia, y expídanse las copias de Ley.
Dada, sellada y firmada en.....