DECISIÒN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 3 de abril de 2017, por las abogadas Raiza Castro y Roraima Best Rodríguez, actuando en su propio nombre y representación, contra el auto interlocutorio proferido en fecha 30 de marzo de 2017, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró improcedente la medida de prohibición de enajenar y gravar solicitada; el cual queda confirmado en los términos aquí expuestos.
SEGUNDO: SE NIEGA el decreto de la medida de prohibición de en.....