III
DISPOSITIVO
Por los motivos de hecho y de derecho antes expresado, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho, ejercido por el ciudadano Eduardo Antonio Ramírez Castro, debidamente asistido por Elvis Sosa, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado con la matricula nº 36.820; contra el auto dictado en fecha 10 de mayo de 2016, por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el cual se confirma en lo términos aquí esgrimidos.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.
Publíquese, Regístrese y Remítase en su oportunidad. Déjese copia certificada de la anterior decisión.
Dada, firmada y sel.....