DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por IDACA, IMÁGENES DE DIAGNÓSTICO AVANZADO, C.A., ya identificada, parte demandada, contra el auto de fecha 17 de mayo de 2016, por el que el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declaró inadmisibles los medios de pruebas promovidos por la apelante por extemporáneos y, en consecuencia, se ratifica el auto apelado.
SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se imponen las costas del recurso a la parte demandada.
Déjese copia certificada de la presente decisión, para darle cumplimiento a .....