IV
DISPOSITIVO
En virtud de las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 7 de noviembre de 2016, por el abogado José Antonio Betancourt Serrano, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra el fallo proferido por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 2 de noviembre de 2016, que declaró inadmisible le demanda incoada por la ciudadana Omaira Hernández Flores, contra Herederos conocidos y desconocidos del de cujus Luis Antonio Rodríguez, contentiva de pretensión mero declarativa de certeza.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada en fecha 2 de noviembre de 2016, por el .....