PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha dieciséis (16) de septiembre de dos mil quince (2015) por el abogado Edinson Joel Solórzano Carmona, inscrito en el Inpreabogado bajo el nº 195.550, con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, en contra de la sentencia dictada en fecha ocho (8) de mayo de dos mil quince (2015) por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE REVOCA el fallo recurrido, dictado en fecha ocho (8) de mayo de dos mil quince (2015), y por consiguiente, CON LUGAR la pretensión dineraria contenida en la demanda incoada por la entidad financiera Banco Caroní, Banco Universal, C.A., contra la sociedad mercantil Inversiones Las 7Y, C.A., y los ciudadanos Carlos Eduardo Torres Matos y Anna María Milicia Pereira, todos identificados al inicio del presente fallo.
TERCERO: SE CONDENA a la parte demandada a pagar a la actora i) la cantidad d.....