DISPOSITIVO
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 24 de noviembre de 2016, por el ciudadano José Guillermo Cacique, asistido por el abogado Víctor Gerardo Falcón Guararima, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 182.984, en contra la decisión proferida en fecha 14 de octubre de 2016, por el Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; la cual queda revocada en los términos expuestos en el presente fallo.
SEGUNDO: SIN LUGAR la pretensión de desalojo contenida en la demanda incoada por la ciudadana María Evelia Carrero De Marrero, contra el ciudadano Guillermo José Cacique.
TERCERO: Se condena en costas a la parte actora de conf.....