Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión proferida por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 11 de enero de 2006.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos MARVIN DANIEL RANGEL ÁLVAREZ y MARLY DAYAN RANGEL ÁLVAREZ contra el ciudadano MÁXIMO FACUNDO RANGEL, identificados en la primera parte del presente fallo. En consecuencia, procédase de conformidad con lo establecido en el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil, para.....