Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado MIGUEL ANGEL SANTELMO, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante, contra el auto de fecha 29 de junio de 2018, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el asunto AP11-M-2013-000060. SEGUNDO: Se declara NULO el auto de fecha 29 de junio de 2018. TERCERO: Se REPONE LA CAUSA al estado de que el a quo previa notificación de las partes sobre la reanudación de la causa, garantice el derecho de oposición de la parte demandada sobre las pruebas promovidas por la accionante y posteriorme.....