Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR NOVENO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ACTUANDO COMO TRIBUNAL DE ALZADA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE HECHO propuesto por el abogado LUIS JOSE GUEVARA GONZALEZ, en su carácter de apoderado judicial de URBANIZADORA ADONAY 95 C.A. contra el auto del 13-01-2014, dictado por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, el cual negó la apelación ejercida por esa representación contra el auto del 13-12-2013. SEGUNDO: Se ordena al Juzgado de la causa, oír en un solo efecto la apelación ejercida por el abogado LUIS JOSE GUEVARA GONZALEZ, en fecha 18-12-2013.
Publíquese, regístrese, diarícese, expídase copia certificada de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Có.....