En fuerza de lo expuesto, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, actuando en sede constitucional declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 12 de noviembre del 2015 por la abogada MARÍA ALEJANDRA SALAZAR NOGUERA, en su condición de co-apoderada judicial de la tercera interesada, ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA, contra la sentencia dictada el 10 de noviembre del 2015 por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo interpuesta por los abogados JOSÉ LUIS RAMÍREZ y ROSARIO RODRÍGUEZ MORALES, en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil INVERSIONES TRESFERNATRI, C.A., contra la sentencia dictada el 24 de mar.....