En fuerza de lo expuesto, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSÉ COMESAÑA FERNÁNDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 2.965.953, representado por los abogados JOSÉ S. PADRÓN y ALIRIO AGUSTÍN RENDÓN, contra la sentencia dictada el 26 de marzo del 2010 por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio de desalojo incoado por COMESAÑA SUCESORES C.A. contra el ciudadano WILLIAM ALEJANDRO SÁNCHEZ BLANCO, en el expediente Nº AP11-R-2010-000127, de la nomenclatura del mencionado Juzgado Duodécimo de Primera Instancia; en consecuencia, se ANULA la sentencia dictada el 26 de.....