Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra el fallo dictado el 14 de abril del 2014, por el Juzgado Noveno de Municipio Ejecutor de Medidas Itinerante de Primera Instante en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PRESCRITA LA ACCIÓN de COBRO DE BOLIVARES incoada por la sociedad mercantil BANCO CANARIAS DE VENEZUELA, BANCO UNIVERSAL, C.A., contra la sociedad comercial ANCORA CORRETAJE DE SEGUROS C.A., y la ciudadana MARIA TERESA FILICE LANDINEZ, todos suficientemente identificados en autos.
Queda CONFIRMADA la apelada con distinta motivación.
Se condena en costas a la parte demandante por haber .....