Por lo antes expuesto, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el ciudadano EDGAR ALBERT PRADA DIAZ, debidamente asistido por el abogado CARLOS DIAZ, como parte actora, contra la sentencia dictada por este tribunal el 20 de octubre de 2022, con motivo de la incidencia surgida en el juicio de FRAUDE PROCESAL incoada por el ciudadano EDGAR ALBERTO PRADA DIAZ contra la sociedad mercantil INVERSIONES ISLEÑA, C.A., y el ciudadano LUIS EDUARDO PRADA DIAZ, dejándose constancia que el último de los diez (10) días que se dan para el anuncio del recurso fue el 04 de noviembre de 2022. Y así se establece.-