Por lo antes expuesto, este tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE el recurso de casación propuesto por el ciudadano DA SILVA FERREIRA JOAQUÍN JORGE, asistido por el abogado ADOLFO ORTEGA, contra la sentencia dictada por este tribunal en fecha 29 de junio del 2009, con motivo de la recusación planteada contra la Abogada AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY en su carácter de Juez del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que sigue VALORES CONSOLIDADOS BAYONA C.A.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión.