Por los fundamentos expuestos este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato de arrendamiento interpuesta por el ciudadano JAIME ANTONIO CAYCEDO SILVA contra el ciudadano JOSÉ JESÚS JIMÉNEZ LOYO, ambas partes suficientemente identificadas al comienzo de este fallo, en consecuencia se condena al demandado JOSÉ JESÚS JIMÉNEZ LOYO a entregar al demandante, totalmente desocupado, el inmueble identificado con el número y letra 2-A, ubicado en la planta N° 2 del edificio N° 2, Etapa III, que forma parte de Residencias La Tahonera, Caracas, y al que le corresponde un puesto de estacionamiento techado distinguido con el N° 46. 2.- Se condena igualmente al demandado JOSÉ JESÚS JIMÉNEZ LOYO a pagar al actor, a título de indemnización por el uso del apartamento, la cantidad de UN BOLÍVAR (Bs. 1,00) por cada día transcurrido desde el 1 de mayo.....