Este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 7 de julio de 2017, por los abogados en ejercicio; JULIO RAFAEL LARA GUZMAN, MIGUEL EDUARDO CAMACHO BARRIOS y ELIO VICENTE BLANCO CORDOVA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números; 76.631, 111.371 y 104.971; respectivamente, actuando como apoderados judiciales de la parte actora; HOSPITAL DE CLINICAS CARACAS, C.A., contra la sentencia dictada el 5 de junio de 2017, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, que se pronunció sobre la admisión e inadmisión de las pruebas promovidas por las partes, en el juicio que por cumplimiento de contrato incoara el HOSPITAL DE CLINIC.....