Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano PASCUAL QUEVEDO GARCÍA, representado judicialmente por el abogado DANIEL BUVAT DE LA ROSA, contra la providencia dictada el 19 de mayo del 2015 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que ordenó el desglose del escrito de tercería consignado por el abogado AUGUSTO V. MÉNDEZ P., en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos YORLIS GRANADOS MÁRQUEZ, CANDY HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, RONEL CAPOTE BERMÚDEZ y FRANCISCO CAPELO RODRÍGUEZ, en virtud del juicio de disolución de sociedad anónima incoad.....