Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto el 24 de febrero del 2016, por el abogado HUMBERTO PISANI PÉREZ, en su condición de apoderado judicial de la parte actora contra la decisión dictada el 01 de febrero de 2016, por el Juzgado Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, respecto de la negativa de acordar los daños y perjuicios solicitados a favor de su representado. SEGUNDO: SIN LUGAR, la indemnización de daños y perjuicios requeridos por la parte actora en el particular tercero de su petitorio en el libelo de demanda, en el juicio que por nulidad de asamblea incoara el ciudadano MARCIAL SEGUNDO NARVÁEZ DELGADO.....