Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR DÉCIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto en fecha 22 de febrero de 2019 por el ciudadano EDGAR ALBERTO PRADA DÍAZ, en su carácter de parte actora en la presente causa, debidamente asistido por la abogada ANDREA BUSTAMANTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 297.667, contra la sentencia dictada en fecha 19 de febrero de 2019 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de oferta real y de depósito presentada por el ciudadano EDGAR ALBERTO PRADA DÍAZ contra la ciudadana MARINA DÍAZ; en consecuencia se declara INVÁLIDO e.....