Por los razonamientos anteriormente expuestos este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: 1.- Inadmisible el conflicto negativo de competencia planteado por el Juzgado Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el día 11 de agosto del 2009, así como la declaratoria de incompetencia del Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2.- Firme la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 2 de abril del 2009, en consecuencia, se declara competente para conocer de esta causa al Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Quedan Revocados los fallos emitid.....