Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado JOSÉ ALBERTO PRIETO, en fecha 27 de octubre de 2014, contra la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 21 de octubre de 2014. SEGUNDO: SE CONFIRMA, la sentencia interlocutoria recurrida.
No hay condenatoria en costas, en virtud que no hubo actuación de la parte demandada ante esta alzada.
En virtud que la presente decisión se pronunció fuera del lapso legal correspondiente, se ordena la notificación de las partes mediante boletas que a tal efecto se ordena l.....