Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela actuando en sede constitucional y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado SIMÓN GABAY CASTRO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil BARUTA CHALET 7306, C.A., contra el auto de fecha 22 de septiembre de 2017 dictado por el JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA incoara la sociedad mercantil DESARROLLOS SANDYMAR, C.A. contra las sociedades mercantiles INVERSIONES 88.990 A.H., C.A. y BARUTA CHALET 7306, C.A., sustanciado bajo el Nº AP11-M-2011-000655 de la nomen.....