Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto el 09 de noviembre de 2017, por los abogados MARIO EDUARDO TRIVELLA, RUBÉN MAESTRE WILLS Y PABLO ANDRÉS TRIVELLA, actuando en su propio nombre y representación, contra el auto dictado el 02 de noviembre del 2017, por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas, que negó la apelación ejercida por la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 20 de octubre de 2017.
Queda CONFIRMADO el auto recurrido de hecho.
Dada la naturaleza de esta decisión, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada del presente fallo.
D.....