Por lo antes expuesto, este tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el abogado CESAR MUSSO GÓMEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano ANTONIO FERRARA BALZA, contra la sentencia dictada por este tribunal el 10 de agosto del 2015, en el juicio que por NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL sigue la sociedad mercantil CORPORACIÓN 273333 C.A. contra el ciudadano ANTONIO FERRARA.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión.